Al mismo tiempo aclaró que la liberalización propuesta en la Ley Omnibus regirá una vez que sea aprobada por el Congreso Nacional.
AFIP recordó que la franquicia vía terrestre o fluvial es de US$ 300 y la marítima o aérea es de US$ 500. Además indicó que se puede ingresar un teléfono y una notebook o tablet sin pago de arancel.
En el caso de menores de 16 años, la franquicia corresponde al 50 por ciento.
Cuando los viajeros constituyan un grupo familiar – matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados -, la franquicia podrá ser utilizada en forma conjunta.
Si el valor del objeto a ingresar supera la franquicia, se deberá abonar un arancel igual al 50% del total excedido. Por ejemplo, en el caso de una franquicia aérea: valor del objeto (US$ 600) – franquicia permitida (US$ 500) = excedente (US$ 100) – arancel del 50% = total a pagar (US$ 50).
DE CARA AL PERÍODO DE VACACIONES, AFIP ADVIERTE QUE TODAVÍA NO RIGE LA LIBERALIZACIÓN DEL INGRESO DE MERCADERÍA
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) advirtió hoy que a la fecha rigen los topes para el ingreso de objetos desde el exterior sin el pago de impuestos.