EL GOBIERNO DETALLÓ COMO SERÁ EL PAGO A LOS JUBILADOS DEL BONO DE OCHO MIL PESOS

La norma detalla que el bono será abonado a los titulares de prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) que, por la suma de todos sus haberes vigentes, perciban un monto equivalente de hasta $29.061,63.
   Para quienes cobren un importe superior, el bono que recibirán en diciembre «será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $37.061,63».
   El bono también será para los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor y de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.
   El decreto excluye del bono a los Regímenes de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Policiales o del Servicio Penitenciario de las Provincias.
   Aclara también que tampoco «será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto».
   La norma especifica que quienes cobran una pensión, «cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho al subsidio extraordinario».
   Según trascendió de acuerdo a la terminación del documento nacional, los jubilados y pensionados que tienen DNI que finalizan con 0, 1 y 2, cobrarían el bono el día 20 de diciembre; 3, 4 y 5, el día 21, en 6 y 7, el 22 y terminados en 8 y 9, el 23, aunque las resolución no consigna las fechas de pago.
   Con el aumento del 12,11% que se otorgó a partir de este mes de diciembre las jubilaciones alcanzaron un incremento anual del 52,7% en 2021 y el haber mínimo llegó a los $29.061.
   El decreto fundamentó el pago del bono «con el fin de mitigar los efectos económicos provocados por la pandemia, por lo que resultaba imperativo continuar con la adopción de una serie de medidas urgentes y excepcionales para reforzar la protección económica y social de los sectores más indefensos».
   «El Estado Nacional tiene como uno de sus objetivos principales la protección de los ciudadanos y las ciudadanas y el aseguramiento y goce efectivo de sus derechos esenciales, siendo un interés prioritario garantizar las prestaciones de la seguridad social y priorizar la atención de las familias con mayores necesidades», se agregó en los considerandos del decreto.

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